1. Definiciones
Los términos y condiciones a continuación aplican para los servicios prestados por Marítima Terranova SAS para las mercancías del Cliente en el trafico hacia y desde el Archipiélago de San Andres y Providencia Islas.
Marítima Terranova SAS (en adelante «MTS») significa MTS o sus filiales y compañías asociadas, excepto en aquellos casos en que dichas filiales y/o subsidiarias actúen en su propio nombre.
«Cliente» significa cualquier persona a la que MTS preste cualquier Servicio e incluirá al propietario de los Bienes y a cualquier persona que pueda adquirir un interés en los Bienes.
«Persona» incluye individuos con RUT, grupos, empresas o cualquier otra entidad legal.
«Propietario» significa el propietario de los Bienes a los que MTS presta cualquier Servicio y cualquier otra persona que tenga o pueda adquirir un interés en ellos.
«Bienes» significa todos o cualquier parte de los Bienes (incluyendo cualquier embalaje, contenedor o equipo suministrado por los Clientes) que son objeto de cualquier Servicio.
«Servicios» significa todo o cualquier negocio emprendido por MTS para el Cliente, incluyendo la provisión de transporte terrestre, marítimo, Soluciones de seguros y gestión de riesgos, almacenamiento de carga en nuestros Centros de Apoyo Logístico, información o cualquier servicio.
Centro de Apoyo Logístico (en adelante «CAL») Significa la bodega segura, vigilada y con CCTV que MTS utiliza para dar manejo, acopiar y reembalar la Carga, si así se requiere.
Condiciones Generales de Transporte
2.Aplicación
Salvo lo dispuesto a continuación, todos los Servicios prestados por MTS, ya sean gratuitos o de otro tipo, estarán sujetos a estas condiciones.
Excepciones - las disposiciones aquí establecidas no se aplicarán:
(A) Cuando los Servicios aquí prestados ya estén cubiertos por los términos y condiciones de los conocimientos de embarque, cartas de porte aéreo o marítimo o cualquier otro contrato de transporte o cualquier otro Servicio a la Mercancía.
(B) Cuando alguna de las condiciones contenidas en el presente documento sea contraria a cualquier ley obligatoria aplicable a los Servicios prestados por MTS o en nombre del Cliente.
(C) Cuando los Servicios prestados por una filial o subsidiaria de MTS sean realizados por dicha filial o subsidiaria en su propio nombre, en cuyo caso se aplicará la legislación local o las condiciones comerciales propias de las filiales o subsidiarias posteriores aplicables a los Servicios prestados.
(D) En el caso de cualquier inconsistencia entre las condiciones contenidas en este documento y la legislación local. En la medida de tal inconsistencia, se aplicará la ley local obligatoria, pero no más.
3. MTS como Agente Logístico
(A) A menos que se acuerde por escrito entre el Cliente y MTS antes de la realización de cualquiera de los Servicios aquí contenidos, el Cliente acepta por la presente que MTS, al obtener los Servicios aquí previstos, actuará en todo momento como intermediario sobre todos o parte de los servicios ofrecidos en la cotización.
(B) MTS no realiza ni pretende realizar ningún contrato en nombre del Cliente para el transporte, almacenamiento, embalaje o manipulación de cualquier mercancía ni para cualquier otro servicio físico en relación con la mercancía, y MTS actúa únicamente como intermediario y brindará los Servicios mediante convenios o contratos entre MTS con terceros, de modo que no se establecen relaciones contractuales directas entre el Cliente y dichos terceros.
(C) En la medida en que MTS, de acuerdo con estas condiciones, actúe como Agente Logístico, MTS brindara los siguientes servicios al Cliente, siempre que estén señalados en la cotización aprobada por el Cliente;
- El transporte de la mercancía por cualquier otra ruta o medio o persona;
- El almacenamiento, el embalaje, el transbordo, el cargue y descargue o la manipulación de la Mercancía con personal, proveedores autorizados por MTS para el desarrollo de la operación logística.
- El transporte o almacenamiento de cualquier mercancía en o sobre unidades de transporte y con otras mercancías de cualquier naturaleza;
- Realizar los actos que, en opinión del MTS, sean razonablemente necesarios en el cumplimiento de sus obligaciones con el Cliente.
4. Cotizaciones y Reservas
- Todos los costos indicados en esta cotización, están sujetos a revisión de la información aportada por el Cliente, en el momento de la recepción de la mercancía en la terminal o bodega en puerto de origen, y de según sea el caso, serán reajustados en la facturación final. Basados en el principio de buena Fe y sin perjuicios económicos para ninguna de las partes, estos acontecimientos serán notificados & justificados oportunamente.
- MTS se reserva, una libertad razonable en cuanto a los medios, el itinerario y el procedimiento a seguir en la manipulación, el almacenamiento y el transporte de la Mercancía en virtud de las presentes condiciones.
5. Responsabilidad de MTS como Agente Logístico
MTS no tendrá responsabilidad alguna por la pérdida o daño de la Mercancía cuando actúe como Agente Logístico, excepto cuando dicha pérdida o daño sea causada por negligencia grave o mala conducta intencionada de MTS. En ningún caso MTS será responsable de los retrasos en la entrega de los bienes y MTS no garantiza las entregas de los bienes realizadas por terceros.
6. Embargo
MTS, en calidad de agente logístico o embarcador, tendrá un derecho de retención general sobre todos los bienes y cualquier documento relacionado con los bienes en su posesión, custodia o control por todas las sumas adeudadas en cualquier momento por el cliente y tendrá derecho a vender o disponer de dichos bienes o documentos como agente y a expensas del cliente. MTS está autorizada a aplicar los ingresos en o hacia el pago de dichas sumas previa notificación por escrito al Cliente con 28 días de antelación. Una vez que el Cliente haya rendido cuentas de cualquier saldo restante tras el pago de cualquier suma adeudada a MTS y el coste de la venta o disposición, MTS quedará liberado de cualquier responsabilidad con respecto a los Bienes o documentos.
7. Productos perecederos
Cuando los bienes sean susceptibles de perderse o deteriorarse, MTS, actuando como agente logístico o embarcador, tiene el derecho de vender o disponer de los bienes.
Este derecho surgirá inmediatamente después de que cualquier suma sea debida a MTS, sujeto a que MTS tome medidas razonables de antemano para poner en conocimiento del cliente su intención de vender o disponer de la mercancía.
8. Falta de recepción de la mercancía
(A) Si el destinatario de la carga no acepta la entrega de la mercancía, o de una parte de la misma, en el momento y lugar especificados por MTS y el Cliente, entonces MTS tendrá derecho a almacenar la mercancía, o una parte de la misma, por cuenta y riesgo del Cliente, y la responsabilidad de MTS con respecto a la mercancía, o a la parte de la misma almacenada de la forma mencionada, cesará por completo y el coste de dicho almacenamiento será pagado inmediatamente por el cliente a MTS.
(B) Cuando la mercancía haya sido retenida por MTS durante 30 días o más y no pueda ser entregada según las instrucciones, MTS tendrá derecho, a expensas del Cliente, a disponer de la mercancía mediante su venta o de cualquier otra forma que sea razonable, previa notificación por escrito al cliente con 25 días de antelación, o cuando el cliente no pueda ser localizado, a cualquier parte que MTS pueda suponer razonablemente que tiene algún interés en la mercancía.
(C) Sin previo aviso, MTS tendrá derecho, a expensas del Cliente, a disponer de la mercancía mediante la venta o de otra manera, según sea razonable, si la mercancía ha perecido, se ha deteriorado o ha sido alterada, o está en peligro inmediato, o si se puede esperar razonablemente que tales condiciones causen pérdidas o daños a terceros o se pueda considerar que contravienen cualquier ley o reglamento aplicable.
9. Seguro
MTS no tendrá responsabilidad alguna de obtener cobertura de seguro para el Cliente en relación con los Bienes para cualquier servicio realizado en virtud de este acuerdo. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de que MTS acepte contratar un seguro, MTS actuará únicamente como Tomador haciendo todo lo posible para contratar dicho seguro y lo hace sujeto a los límites de responsabilidad contenidos en la cláusula 16 siguiente.
10. Mercancías prohibidas
Excepto en el caso de acuerdos especiales previamente establecidos por escrito, MTS no prestará servicios a ninguna mercancía que consista en lingotes, monedas, piedras preciosas, joyas, objetos de valor, antigüedades, cuadros, restos humanos, ganado vivo o plantas. En caso de que dichos bienes se entreguen a MTS sin que se hayan hecho arreglos especiales o hayan sido omitidos por el cliente, MTS no tendrá responsabilidad alguna por o en relación con dichos bienes.
11. Mercancías peligrosas
Excepto en el caso de acuerdos especiales previamente establecidos por escrito, MTS no aceptará ni tratará con mercancías de naturaleza peligrosa o dañina, ni con mercancías que puedan albergar o fomentar alimañas u otras plagas, ni con mercancías que puedan contaminar o afectar a otras mercancías. Si dichas mercancías se aceptan en virtud de un acuerdo especial y si, en opinión de MTS, constituyen un riesgo para otras mercancías, la propiedad, la vida o la salud, MTS se pondrá en contacto con el cliente siempre que sea razonablemente posible, pero además se reserva el derecho, a expensas del cliente, de retirar o tratar de otro modo las mercancías.
12. Valor declarado
Cuando exista una elección de tarifas en función de la extensión o el grado de responsabilidad asumida por los transportistas, almacenistas u otros, el Cliente no realizará ninguna declaración de valor en relación con los servicios prestados en el presente documento, salvo en el caso de acuerdos especiales previamente acordados por escrito con MTS.
13. Garantías del cliente
El Cliente garantiza:
(A) Que la descripción y los datos de los Bienes suministrados por el Cliente o en su nombre son completos y exactos.
(B) Que las Mercancías han sido preparadas, embaladas, estibadas, etiquetadas y/o marcadas de forma adecuada a los Servicios que se prestan a las Mercancías.
(C) Que cuando MTS reciba la Mercancía del Cliente ya estibada en o sobre un contenedor, remolque, cisterna o cualquier otro dispositivo específicamente construido para el transporte de Mercancías por tierra o mar dicho equipo deberá estar en buen estado y ser adecuado para la realización de los Servicios que se prestan en el presente documento.
(D) Que toda la carga debe está documentada adecuadamente y amparada con la(s) factura(s) comercial(es) o remisión de la mercancía y/o demás documentos que así lo demuestren.
(E) Que la mercancía es nacional o está debidamente Nacionalizada, en este último caso, notificará a MTS y adjuntará la declaración de importación y/o demás documentos que así lo demuestren.
(F) Que informará del carácter peligroso o restringido de las mercancías que tengan esta naturaleza y que requieran especiales manejos y de las precauciones que deben adoptarse, antes de ser recibidas por MTS. Ver artículo 1015 del (Título IV: Del Contrato de Transporte) del código de comercio. Su aceptación está sujeta a previa aprobación del comando de la nave y del area de seguridad (Hazdep) de MTS. Pueden existir recargos.
14. Indemnización
El Cliente indemnizará a MTS
(A) Contra todas las sanciones, reclamaciones, daños, costes y gastos que puedan surgir como resultado de que el Cliente entregue a MTS, o haga que MTS trate o manipule, Mercancías de naturaleza peligrosa o dañina, o Mercancías que puedan albergar o fomentar alimañas u otras plagas o Mercancías susceptibles de manchar o afectar a otras Mercancías, que no sean objeto de acuerdos especiales según las Cláusulas 10/11 anteriores y MTS se reserva además el derecho de tratar dichas Mercancías.
(B) Contra toda responsabilidad, daños y perjuicios, costes y gastos de cualquier tipo (incluyendo, pero sin limitarse a, todos los derechos, impuestos, gravámenes, depósitos, penalizaciones y desembolsos de cualquier naturaleza) recaudados por cualquier autoridad en relación con las Mercancías que se deriven de la actuación de MTS de acuerdo con las instrucciones del Cliente o que se deriven de cualquier incumplimiento por parte del Cliente de cualquier garantía contenida en este documento o de cualquier incumplimiento por parte del Cliente de cualquier garantía contenida en este documento o de cualquier negligencia del Cliente, sus empleados, agentes o subcontratistas.
(C) Cualquier responsabilidad en la que pueda incurrir MTS como resultado de la ejecución de las instrucciones del Cliente.
(D) Por los costos de bodegajes que genere la mercancía en las terminales, ocasionados por incumplimiento del cliente a los acuerdos establecidos.
15. Pago de los servicios por demandas
El Cliente pagará a MTS en efectivo o según lo acordado todas las sumas debidas sin reducción, aplazamiento o compensación a causa de cualquier reclamación, contrademanda, etc. El cliente deberá pagar a MTS los intereses calculados al 5% por encima de la media de intereses a un día. El hecho de que MTS no cobre el flete, los derechos, las tasas u otros gastos al destinatario o a cualquier otra persona no exime al Cliente de su obligación de pagar dichos servicios, derechos, tasas o gastos al recibir la prueba de la demanda adecuada. Si, por cualquier motivo, surge una responsabilidad por la media general en relación con la mercancía, el Cliente deberá, sin demora proporcionar una garantía a MTS o a cualquier otra parte designada por MTS en una forma aceptable para MTS.
16. Responsabilidad y limitación
(A) MTS quedará exento de responsabilidad por cualquier pérdida o daño si y en la medida en que
que dicha pérdida o daño sea causado por:
- Huelga, cierre, paro o restricción de la mano de obra, tormenta, terremoto, desastre natural, actos de Dios, bloqueo, conmoción civil, restricciones o cualquier otra causa cuyas consecuencias MTS no pueda evitar mediante el ejercicio de una diligencia razonable.
- Por accidentes en el transbordo, fuego a bordo o en tierra, incendios, explosiones, riesgos de maquinarias, caldera de vapor y otras causas de fuerza mayor o avería gruesa en tierra o navegando.
- Cualquier causa o acontecimiento que MTS no pueda evitar y cuyas consecuencias no pueda prevenir mediante el ejercicio de una diligencia razonable.
- Por el daño que sufran los artículos corruptibles, como víveres y similares ni las roturas de artículos de vidrio, cristales, loza, hierro fundido y similares.
- Por carga que no sea retirada por los destinatarios después de las 24 horas de ser expuestos en la terminal de destino, siempre que; MTS no sea contratado para la entrega de la mercancía en el destino final.
- Los bodegajes que se generen en las terminales o bodegas, por el incumpliendo del Cliente en los acuerdos definidos en esta negociación, por la no liberación de la carga por falta de pago, por las disposiciones de las autoridades sobre la carga o cualquier otra causa ajena al servicio prestado por MTS.
- Por daños que sufran las cajas, huacales, etc. Por el movimiento de cargue y descargue, si su empaque no es el adecuado para ser manipulado por equipos portuarios en los casos en que por sus dimensiones o peso se requiera de los mismos.
- Por disposiciones o actos del gobierno.
- Por los actos de piratería en tierra o altamar.
- Por objetos que no hayan sido examinados al recibirlos o que estén contenidos en paquetes o bultos sellados.
- Por mermas de artículos que por su naturaleza o por su empaque pueden sufrir roturas o evaporación.
- Por los riesgos de la navegación o del transporte por mar o terrestre.
- Sobre transporte marítimo de acuerdo con los Artículos 1010 y 1011 (Título IV: Del Contrato de Transporte) del código de comercio y reglamentaciones de la compañía.
(B) Sujeto a las cláusulas 2 B), 2 D) y 5 anteriores y a la subcláusula 18 siguiente, la responsabilidad de MTS por reclamaciones por pérdida o daño de los bienes, cualquiera que sea su origen, sin perjuicio de que la causa de la pérdida o el daño sea inexplicable, no excederá de la menor de las siguientes cantidades:
- El valor de los bienes perdidos o dañados, o
- una suma acordada por tonelada de peso bruto de cualquier mercancía perdida o dañada, o
(C) En el caso de todas las demás reclamaciones, la responsabilidad de MTS no superará la menor de las siguientes cantidades
- el valor de las Mercancías para las que se han prestado los servicios en virtud de este acuerdo, o
- Una suma acordada
A los efectos de estas condiciones, el valor de las mercancías será su valor cuando fueron o debieron ser enviadas.
Sin perjuicio de cualquier otra cosa en contrario contenida en estas condiciones, si MTS es responsable de pérdidas o daños como resultado de su falta de entrega o de organizar la entrega de la mercancía en un tiempo razonable cuando, de acuerdo con la cláusula 16 anterior, MTS haya llegado a un acuerdo especial con el Cliente, la responsabilidad máxima de MTS por dichas pérdidas o daños no excederá de una suma igual al doble del importe de los cargos de MTS con respecto a la transacción correspondiente.
17. No hay daños consecuentes
MTS no será responsable en ningún caso de los daños indirectos o consecuenciales, como por ejemplo, pero sin limitarse a ellos, la pérdida de beneficios, la pérdida de mercado o las consecuencias de los retrasos o desviaciones, cualquiera que sea su causa.
18. Notificación de la reclamación
La notificación de cualquier reclamación realizada en virtud de este contrato deberá hacerse por escrito y notificarse a MTS en un plazo de 05 días a partir de la fecha en que el Cliente haya tenido o deba tener conocimiento del hecho o acontecimiento que da lugar a la reclamación. La falta de reclamación en el plazo de 05 días se considerará como una renuncia a dicha reclamación y ésta prescribirá absolutamente.
Cualquier reclamo o diligencia en dicho reclamo será tramitado de acuerdo al Art. 1008 y siguientes del código de comercio colombiano sobre el transporte de carga.
19. Prescripción
A pesar de todo lo contenido en el presente documento, MTS quedará eximida en cualquier caso de toda responsabilidad, sea cual sea la forma en que se produzca, con respecto a cualquier servicio prestado al Cliente o por el que MTS se haya comprometido a prestar, a menos que dicha demanda o acción se interponga y se notifique por escrito a MTS en un plazo de (10) dias a partir de la fecha del evento o suceso que haya dado lugar a la causa de la acción contra MTS.
20. Seguridad de la carga
MTS intercambia información con el Cliente bajo la premisa de la buena Fe y la conjunta intensión de llevar a buen termino la transportación de la mercancía. Bajo este principio, el Cliente manifiesta su compromiso de seguridad con MTS en todo lo concerniente a la seguridad en toda la carga entregada para el transporte nacional hacia o desde San Andrés y Providencia Islas. Por ello se compromete a implementar y mantener procesos y procedimientos que garanticen el cumplimiento de los criterios de seguridad establecidos como resultado de la evaluación de riesgos de las actividades desarrolladas, especialmente los relacionados con el cumplimiento de requisitos legales y las responsabilidades adquiridas. Por tanto, una vez recibida la correspondiente Confirmación de Reserva, se aplicarán los siguientes términos:
Responsabilidades del cliente;
a) Velar y mantener con todos los compromisos de seguridad adquiridos en el formato Acuerdo de Seguridad de Asociado de Negocio (MT-FOR-005) diligenciado y firmado por el Representante legal del Cliente.
b) Mantener la custodia de la información concerniente al embarque para su fuero interno y personal de confianza.
Responsabilidades de MTS:
a) Divulgar solo con la persona indicada por el Cliente, la información sensible de la Logistica.
b) Disponer de proveedores idóneos y aprobados por el Sistema de Gestión de Control y Seguridad.
c) Suministrar a las autoridades pertinentes la información recibida del Cliente sobre la carga, el Embarcador y Destinatario.
21. Separabilidad
Los términos del presente documento serán separables y si cualquier disposición del mismo o cualquier parte de cualquier disposición, es inválida o inaplicable en virtud de la legislación local, dicha invalidez, prohibición o falta de aplicabilidad no afectará a la validez o aplicabilidad de cualquier otra disposición o parte de la misma contenida en el presente documento.
22. Jurisdicción y legislación
Estas condiciones estarán sujetas a la legislación colombiana y cualquier disputa que surja de este acuerdo al que se apliquen estas condiciones estará sujeta a la jurisdicción exclusiva de los tribunales de Colombia. En caso de que MTS tenga la intención de demandar al Cliente, MTS también tiene la opción de presentar una demanda en el lugar de residencia del Cliente.
- Seguridad garantizada: Tu carga estará protegida en todo momento. Nuestro riguroso control de calidad y medidas de seguridad aseguran que tus envíos lleguen intactos a su destino.
Cumplimiento sin preocupaciones: Nos encargamos de cumplir con todas las normativas y regulaciones nacionales e internacionales. Puedes confiar en que tu carga se transportará de manera legal y segura, evitando cualquier inconveniente en aduanas o policía antinarcóticos.
Tranquilidad con el seguro de carga: Ofrecemos opciones de seguro de carga para protegerte en caso de cualquier imprevisto. Si algo inesperado sucede durante el transporte, estarás respaldado financieramente.
Transparencia en tiempo real: Mantente informado sobre el progreso de tus envíos en todo momento. Nuestro sistema de seguimiento y rastreo de embarques en línea te brinda la tranquilidad de saber la ubicación exacta de tu carga, garantizando una comunicación clara y transparente.
Entrega puntual asegurada: Nuestros tiempos de tránsito y plazos de entrega están garantizados. Sabemos lo importante que es para ti cumplir con los plazos establecidos, por lo que nos esforzamos en entregar tu carga en tiempo y forma.
Gestión efectiva de riesgos: Contamos con un sólido plan de gestión de riesgos y contingencias para hacer frente a cualquier eventualidad. Estamos preparados para enfrentar condiciones climáticas adversas, demoras en puertos o cualquier otro desafío, manteniendo la integridad de tu carga.
Condiciones
Para brindar transparencia a todos los embarques MTS no cobrará Garantía de Embarque Abordo para que la mercancía viaje en una fecha específica o nave puntual. Todos los embarques se rigen por disponibilidad de cupo y orden de llegada.
A partir del recibo de la correspondiente confirmación de reserva, se aplicarán las siguientes condiciones para cada embarque.- Todas las fechas y horas que figuran en la confirmación de reserva para un envío se dan como mejores estimaciones razonables sujetas a cambios por fuerza mayor. Ej. mal clima o restricciones por las autoridades.
- La Garantía de Embarque Abordo está además sujeta a que el Cliente cumpla con todas las horas o tiempos límite pertinentes para una logística optima. En caso de que el Cliente no cumpla con las horas o tiempos limite y esto conlleve a retrasos, standby o perdida de cita de ingreso a muelle, el Cliente deberá pagar una tarifa de ajuste, la cual será definida por MTS conforme con los costos en que se incurra, ocasionados como consecuencia del dicho incumpliendo.
- Si la mercancía se transporta con una embarcación o por un muelle alternativo, por decisión de MTS, buscando garantizar que el embarque llegue lo mas pronto a destino, no sé justificará ni pedirá aprobación al Cliente.
- Cuando la mercancía ha sido recibida en el Centro de Apoyo Logístico (CAL), será traslada a Muelle de embarque conforme con la fecha y hora de asignación de cita aprobada por el muelle, previa solicitud de MTS.
- Cualquier cambio, incluyendo pero no limitado a los cambios del puerto de carga, puerto de descarga, y el viaje antes de la carga, así como los cambios de la mercancía de no peligroso a peligroso, el tipo de contenedor o el aumento del número de contenedores, serán revisados y se evaluará la posibilidad de mantener el embarque o posponerlo. En cualquier caso, se ajustarán los costos pertinentes en la cotización aprobada por el Cliente.
- Todas las cargas son perfiladas para inspección antinarcóticos en el muelle de origen y destino, por tanto, los paquetes, bultos, atados, pallets, etc entregados sellados por el Cliente, pueden ser abiertos por la autoridad competente, en virtud de la seguridad portuaria y control antidrogas.
- La protección la carga en embalajes adecuados de las mercancías para su transportación es responsabilidad del cliente. MTS dará recomendaciones para un embalaje optimo y brindara embalaje terciario, como paletización o vinipelado, siempre que el cliente acuerde previamente con MTS este servicio adicional.
- El seguro de carga será siempre un servicio adicional y opcional a decisión del cliente. El cual puede ser gestionado por MTS y su red de brokers o por cuenta directa del cliente con su aseguradora de preferencia. En cualquier caso MTS recomienda que toda la carga viaje asegurada.
- La entrega puntual de la carga, esta sujeta a la clausula #16 de las Condiciones Generales del transporte
Términos y condiciones del Servicio de Centro de Acopio Logístico
Este servicio es tercerizado está disponible como complemento del servicio marítimo de carga hacia o desde San Andres y Providencia Islas. Brinda un espacio seguro para las cargas de los Clientes que requieran ser acopiados, almacenados o reembalados.
No está incluido por defecto en ninguna cotización de MTS.
*MTS recomienda al Cliente, el uso de proveedores de mercancía idóneos con procedimientos de seguridad definidos y bodegas seguras para el alistamiento de sus mercancías en preparación al transporte marítimo.
La solicitud de este servicio complementario, debe realizarse con MTS al menos 05 días antes de la entrega prevista del contenedor o la mercancía en el CAL. Una vez recibida la correspondiente Confirmación de Reserva, se aplicarán los siguientes términos al servicio:
2. Compromiso del Cliente:
a) Enviar a MTS los detalles de las mercancías en unidades de carga, cantidades a recibir de cada proveedor, así como la remisión o factura de cada proveedor para cotejar las cantidades a recibir.
b) Enviar a MTS nombres, apellidos y cedula del conductor, número de placa del vehículo y fecha/hora 24hrs antes de la llegada al CAL.
c) Suministrar toda la información relevante a la carga. Ver clausulas generales 13.E y 13.F
d) Velar y mantener con todos los compromisos de seguridad adquiridos en el formato Acuerdo de Seguridad de Asociado de Negocio (MT-FOR-005) diligenciado y firmado por el Representante legal del Cliente.
3. Compromiso de MTS:
a) Recibir, contar y notificar al Cliente, cualquier discrepancia o novedad durante el proceso de recibo.
b) Evidenciar con fotografías, videos, actas o informes el estado general de la mercancía.
c) Notificar al Cliente, de cada acto o ajuste sobre la mercancía, sin abrir o revisar su empaque primario. Como reagrupamiento en pallets o protecciones adicionales al embalaje para mantener la consistencia de la mercancía.
4.Todos los paquetes recibidos sellados, amarrados o compactos, permanecerán así durante la estadía en el CAL. Toda la mercancía se recibe sin verificar su contenido.
5. La reagrupación o reembalaje en atados, paquetes o pallets por parte de MTS, se hará conforme con la buena práctica y las técnicas de embalaje, conforme con las indicaciones del Cliente y la información que nos suministre del contenido de cada paquete o bulto recibido.
Términos y condiciones del Servicio de Seguro a la Carga
Este servicio es tercerizado está disponible como complemento del servicio marítimo de carga hacia o desde San Andres y Providencia Islas. Brinda una póliza de seguro de transporte exclusiva para un embarque puntual.
No está incluido por defecto en ninguna cotización de MTS y no es obligatorio tomarlo a través de MTS. El cliente puede y tiene la facultad para solicitarlo a través de su compañía aseguradora de confianza.
*MTS recomienda al Cliente, el uso de una póliza de seguro para el transporte de su mercancía. Ver clausula general 9.
La solicitud de este servicio complementario, debe realizarse con MTS al menos 05 días antes de la entrega prevista del contenedor o la mercancía en el Lugar del Cliente. Una vez recibida la correspondiente Confirmación de Reserva, se aplicarán los siguientes términos a un despacho con Póliza de seguro a la carga:
Compromiso del Cliente:
a) Enviar a MTS el valor de la mercancía y las facturas que lo soportan.
b) Revisar y aprobar las condiciones y cláusulas de la póliza de seguro que MTS envía antes de activarla (pagarla).
c) Si es necesario, socializar con el bróker o corredor de seguros de MTS cualquier duda o pregunta que surja para su confianza y tranquilidad.
d) Aplicar y suministrar la adecuada protección de embalaje, así como toda la información relevante a la carga. Ver clausulas generales 13.C, 13.E y 13.F
Compromiso de MTS:
a) Si es necesario, pondrá a disposición del Cliente los datos del bróker o corredor de seguros de MTS para aclarar o subsanar cualquier duda sobre el alcance o condiciones de la póliza.
b) Enviar al Cliente la póliza de seguro de transporte para revisión y aprobación de su contenido antes de activarla (pagarla).
c) Utilizar proveedores idóneos y calificados durante todo el proceso logístico en cumplimiento de las exigencias de la aseguradora para la cobertura de la mercancía.
3. Tan pronto MTS envíe la póliza de seguro de transporte al Cliente, este tendrá 12 hrs para revisarla y aprobarla. En caso contrario se tomará como aceptada y se activará (pagará)
4. El valor asegurado se la mercancía, será el indicado y soportado con facturas por el Cliente.
5. MTS actuará como TOMADOR de la póliza de seguro de transporte solo cuando sea pagada MTS, el beneficiario y asegurado será el Cliente.
6. MTS no actuará como TOMADOR de la póliza de seguro de transporte, cuando la póliza sea pagada directamente por el cliente a la aseguradora.
7. En caso de hacer uso efectivo de la póliza, por daños, perdidas u otro, y MTS actúe como TOMADOR de la póliza, el Cliente debe ponerse en contacto con el Broker o corredor de seguros quien asistió en la consecución de dicha póliza. Este lo asistirá y guiará durante el proceso de sustentación y reclamación formal ante la aseguradora. En tal caso MTS enviará al Broker corredor de seguros, la documentación relevante a la Logistica, barco y BL exigidos por la aseguradora.
Términos y condiciones del Servicio de Transporte Terrestre
Este servicio está disponible como complemento del servicio marítimo de carga a San Andres Islas en determinadas operaciones desde y hacia el interior del país, fundamentalmente desde los departamentos de Cundinamarca, Antioquia, Valle del Cauca, en toda la costa norte colombiana y el departamento archipiélago de San Andres y Providencia, hasta el muelle o Centro de Apoyo Logístico en el puerto de Embarque.
Ruta al NORTE: Recogidas desde el interior del País hacia la Cartagena o Barranquilla (muelle o CAL). Y entrega en San Andres o Providencia Islas, desde el muelle hasta el lugar de entrega convenido.
Ruta al SUR: Recogida en San Andres o Providencia y transporte a muelle de embarque. Y Entrega en el interior del país en el lugar convenido.
La reserva debe realizarse con MTS al menos 05 días antes de la entrega prevista del contenedor o la mercancía en el Lugar del Cliente. Una vez recibida la correspondiente Confirmación de Reserva, se aplicarán los siguientes términos a un despacho con recogida y/o entrega de carga:
1. Compromiso del Cliente:
a) Garantizar que la mercancía esté debidamente embalada según la naturaleza de la misma, de acuerdo con la cláusula 13.C y sea entregada a tiempo en el lugar, fecha y hora especificada.
b) Garantizar que la persona autorizada para entregar o recibir la carga en el lugar especificado, este presente para contar y firmar la Orden de Servicio.
c) A menos que se estipule lo contrario entre el Cliente y MTS y que este servicio este incluido en la cotización aprobada por el Cliente. Garantizar que la maquinaria y/o personal para la maniobra de cargue/descargue a/de vehículo, estén disponibles, en buena condición y sean idóneos para la naturaleza y las condiciones de la mercancía.
d) Garantizar que el lugar especificado, tenga el espacio disponible, despejado y accesible para el vehículo, maquinaria y personal, antes de la fecha y hora informada de prestación del servicio.
e) Garantizar que la cantidad, peso, volumen de la carga y lugar especificado, no difieran de las inicialmente acordadas al momento de la confirmación de la reserva.
2. Compromiso del transportista:
a) Vehículo: El Transportista pondrá a disposición el vehículo en la fecha y en el lugar especificado en la Confirmación de la Reserva; y
b) Niveles de servicio: El Transportista hará su mejor esfuerzo para cumplir con los Niveles de Servicio aplicables al despacho y a la mercancía, excepto por las demoras debidas a razones fuera del control del Transportista.
c) El Transportista se compromete a entregar la mercancía en el Lugar de Entrega acordado con MTS.
d) El transportista orientará la ubicación de la mercancía dentro del vehículo, amarrándola adecuadamente en procura de evitar daños a la carga. Nótese que el embalaje de la carga entregada por el Cliente, debe ser idóneo para la naturaleza de la mercancía. Ver clausula #13.C
e) Condiciones: El cumplimiento del Compromiso del Transportista está sujeto al cumplimiento de los Compromisos del Cliente.
3. En caso de que las cantidades, pesos, volumen de la carga o las condiciones en el lugar especificado, difieran o no sean totalmente consistente con la información suministrada por el Cliente, MTS dispondrá de posponer el recibo de la carga, hasta reevaluar los cambios y los costes involucrados de acuerdo con las diferencias señaladas y se reprogramará la fecha y hora del servicio. Los costos ocasionados por esta reprogramación, están sujeto a tarifas y cargos adicionales y serán asumidos en su totalidad por el Cliente.
4. Cualquier cambio en las instrucciones de recogida por parte del Cliente a menos de 24hrs de la de la recogida programada, incluyendo pero no limitándose a cambios de lugar de recogida; cambios en el tipo de contenedor o aumento en el número de cantidades, tipo y pesos de mercancías, resultará en una cancelación del servicio de recogida. MTS hará los ajustes de costos pertinentes y El Cliente aceptará la recogida en el Lugar especificado a la primera hora ofrecida por MTS.
5. La Confirmación de Reserva no sirve como cotización y no puede ser utilizada por parte del Cliente para realizar otras reservas.
6. Todas las fechas y horas en la Confirmación de Reserva para una recogida terrestre se dan como mejores estimaciones razonables y están sujetas a cambios.
7. El Cliente deberá entregar al transportista copia de todos los documentos que amparan la carga como de su propiedad y que puedan ser exigidos por la autoridad competente aplicable al Transporte Terrestre. En el caso de maquinaria amarilla, deben presentar todos los certificados necesarios indicados en RUNT (Certificado de GPS, Tarjeta de Propiedad, Registro de autorización para transporte terrestre en RUNT, etc).
8. El Cliente estará sujeto a cualquier regla en la(s) Tarifa(s) Gobernante(s) que establezca un cargo relacionado con cualquier circunstancia o cargo extraordinario que surja o entre en vigor después de la fecha de vigencia de la "Cotización", tales como, pero no limitado a, huelga, cierre patronal, paro laboral, o cualquier otro disturbio laboral; congestión; requisitos o costos de seguridad; impuestos, tasas o cargos recaudados por cualquier entidad gubernamental local o nacional.